Reclamación de intereses usurarios en tarjetas de crédito y créditos al consumoLe ayudaremos a recuperar todos los intereses que ha abonado desde la contratación de la tarjeta. Se pueden recuperar al haberte aplicado un interés abusivo y usurario. Con ello conseguiremos la eliminación de la tarjeta y te devolución de lo cobrado indebidamente.Entre en los siguientes enlaces para saber más: Afectados
Cetelem Afectados
Wizink ¿Le reclaman unos intereses que no paran de crecer?Si tiene una tarjeta de crédito, puede ser que sea uno de los miles de afectados por este tipo de créditos al consumo, y no sabe que le están cobrando unos intereses abusivos que rondan entre el 18% y el 25%. La mayoría de afectados, ante la necesidad de liquidez, fueron engañados por las entidades financieras y les concedieron un préstamo personal o una tarjeta de crédito para disponer de un crédito extra todos los meses. De lo que no informan las entidades financieras, es del plazo y de que se les va a aplicar un interés abusivo, notablemente superior al normal del dinero. Estamos ante tarjetas llamadas "revolving", que son vendidas al consumidor como muy ventajosas, para poder aplazar las compras que hagan pero que cuentan con un sistema muy complejo de cálculo, imposible de entender para el consumidor. La mayoría de los consumidores no saben hasta que comienzan a pagar, que les están aplicando unos intereses abusivos. En la actualidad, el TRIBUNAL SUPREMO, estableció la doctrina en sentencia de 25 de noviembre de 2015, respecto a este tipo de asuntos de créditos al consumo y determino que este tipo de interés es abusivo, provocando la nulidad del contrato y la devolución de todo lo pagado por el cliente. Los Motivos de Nulidad son: 1º Que al cliente se le está aplicando un tipo de interés superior al doble del interés medio al que estaban los créditos cuando se firmó el contrato, y 2º Que la Ley de Represión de la Usura se encuentra todavía vigente, y establece que “será nulo todo contrato de préstamo en que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso”. En ese sentido, expone que no puede justificarse un tipo de interés tan desmesurado en una operación destinada a la financiación del consumo como la analizada “sobre la base del riesgo derivado del alto nivel de impagos anudado a operaciones de crédito al consumo concedidas de un modo ágil y sin comprobar adecuadamente la capacidad de pago del prestatario, por cuanto que la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores y trae como consecuencia que quienes cumplen regularmente sus obligaciones tengan que cargar con las consecuencias del elevado nivel de impagos, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico”.
Los Juzgados de toda España, están acogiendo dicha doctrina y estamos obteniendo el 100% de éxito para nuestros clientes en todos los procedimientos. Las sentencias estiman la nulidad del contrato y la devolución de lo pagado por el consumidor. Contamos con numerosas sentencias propias, infórmate y recupera tu dinero en el 676952648 o 961477541, o si lo prefieres dejanos tus datos en info@dhrabogado.com. A continuación se muestran numerosas tarjetas de crédito ofertadas por las entidades financieras:
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