Artículo 24.2 de la Constitución Española

Asimismo, todos tienen derecho al Juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia.

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A través de nuestro Despacho Jurídico, usted tiene la posibilidad de contar con abogados penalistas, especialistas en la materia del Derecho Penal, que estarán a su disposición en cualquier momento a través de nuestro servicio de asistencia penal 24 horas, el cual, le proporcionara, en todo momento, un servicio penal especializado para cualquier urgencia que le pueda surgir.

Así mismo, si lo que necesita es asesoramiento, puede ponerse en contacto directamente con el abogado penalista rellenando el formulario alojado en la web y nos pondremos en contacto con usted en el menor tiempo posible o llamando al número de teléfono que aparece en la web para concertar cita.

El Derecho Penal es el conjunto de normas jurídicas que regulan la potestad punitiva del Estado, asociando a hechos, estrictamente determinados por la ley, como presupuesto, una pena, medida de seguridad o corrección como consecuencia, con el objetivo de asegurar los valores elementales sobre los cuales descansa la convivencia humana pacífica. El Derecho penal no se reduce sólo al listado de las conductas consideradas delitos y la pena que a cada uno corresponde, sino que –fundamentalmente– su misión es proteger a la sociedad. Esto se logra a través de medidas que por un lado llevan a la separación del delincuente peligroso por el tiempo necesario, a la par que se reincorpora al medio social a aquellos que no lo son mediante el tratamiento adecuado en cada caso para lograr esta finalidad.

El Derecho Penal es del Derecho Público por excelencia, pues en él se considera afectada la Sociedad en sus más amplios términos. El hecho de encontrarse involucrado en la comisión de un delito o falta, ya como víctima o ya como acusado, supone siempre una situación interspectiva y desagradable pues afecta a los bienes más fundamentales de la persona. Es una de las materias que necesita con mayor razón el asesoramiento de especialistas, que asuman la defensa de tales bienes y derechos y nos representen ante los Tribunales de Justicia.

El Derecho Penal engloba delitos de la más variada índole, son quizá los delitos contra las personas (homicidios, asesinatos, agresiones sexuales, lesiones, malos tratos, etc.) los que producen una mayor alarma social y los que van acompañados de situaciones personales más delicadas, pero también nos afectan muy directamente los delitos relacionados con el patrimonio (hurtos, robos, estafas...) que dañan nuestra esfera económica y con ello también nuestras vidas; además de los anteriores, hay un numeroso elenco de delitos de muy distinta naturaleza, en los que usted puede verse involucrado y en los que necesitará la asistencia de profesionales que defiendan sus derechos.

También dentro de esta rama de derecho se castigan las faltas, consideradas como delitos menores pero que son perseguibles ante los Tribunales y susceptibles de sanción. De igual forma, ciertas actuaciones imprudentes, que originan accidentes (por ejemplo en la Circulación de Vehículos a Motor) y producen graves y trágicas consecuencias, pueden ser constitutivas de infracción penal, a veces como delito y en otras ocasiones como falta.

Materias:

  • Delitos económicos: apropiación indebida, estafa, falsedades, delitos societarios, blanqueo de capitales, insolvencia punible, falsificaciones, etc.
  • Delitos contra la persona: lesiones, homicidio, asesinato, etc.
  • Delitos de tráfico: alcoholemias, exceso de velocidad, conducción sin carné, desobediencia a la autoridad, conducción temeraria y omisión del deber de socorro.
  • Delitos contra el patrimonio: robo, hurto, receptación, daños, defraudaciones, etc.
  • Delitos contra la salud pública: tráfico de estupefacientes.
  • Delitos administrativos y políticos: cohecho, prevaricación, urbanísticos, tráfico de influencias, malversación, fraudes, negociaciones prohibidas, corrupción e infidelidad en custodia documentos.
  • Delitos contra la hacienda pública: delito fiscal.
  • Delitos de violencia doméstica.
  • Delitos contra el medio ambiente y urbanísticos: contra la ordenación del territorio.
  • Delitos contra la libertad: detención ilegal, secuestro, amenazas, coacciones, tortura y contra la integridad moral.
  • Delitos contra el honor: calumnia e injuria.
  • Delitos contra la seguridad social y contra los derechos de los trabajadores.
  • Delitos contra la libertad sexual: agresión sexual, abuso sexual, acoso sexual, etc.
  • Delitos contra la intimidad: descubrimiento y revelación de secretos, allanamiento de morada.
  • Delitos contra los derechos y deberes familiares: abandono de familia, impago de pensiones, sustracción de menores, etc.
  • Delitos contra la propiedad intelectual e industrial.
  • Delitos contra los extranjeros.
  • Delitos contra el patrimonio histórico.
  • Delitos de incendios.
  • Delitos contra la administración de justicia: prevaricación, encubrimiento, acusación y denuncias falsas, simulación de delitos, falso testimonio, obstrucción a la justicia, deslealtad profesional, quebrantamiento de condena.
  • Delitos contra la Constitución: contra las instituciones de Estado, contra los derechos fundamentales y libertades públicas, cometidos por funcionarios.
  • Delitos contra el orden público: atentados contra la autoridad, resistencia y desobediencia, tenencia, tráfico y depósito de armas.
  • Otros delitos: usurpación de estado civil, de funciones públicas, intrusismo.

Defensa:

  • Defensa en juicios penales.
  • Defensa en juicios con jurado.
  • Defensa en juicios de menores.
  • Asistencia al detenido ante la Policía y en los Juzgados.

Acusación:

  • Acusación penal: denuncias y querellas.
  • Acusación particular y Acusación popular.

Tribunales:

  • Juzgados de Instrucción.
  • Juzgados de lo Penal.
  • Audiencias Provinciales.
  • Tribunales Superiores de Justicia.
  • Tribunal del Jurado.
  • Audiencia Nacional.
  • Tribunal Supremo.
  • Tribunal Constitucional.
  • Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Recursos:

  • Recursos ante el mismo tribunal que dicta una resolución.
  • Recursos ante tribunales superiores:
  •     o   Audiencia Provincial.
        o   Tribunal Superior de Justicia.
        o   Tribunal Supremo.
        o   Tribunal Constitucional.
        o   Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Tratamiento de la privación de libertad:

  • Petición de libertad provisional.
  • Petición de indultos.
  • Solicitud del tercer grado penitenciario.
  • Solicitud de la libertad condicional.

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